Ayuntamiento de Santander


Sanciones de Tráfico

PAGO DE MULTAS DE TRAFICO

  • Si la denuncia fue notificada en el acto por el agente denunciante:

Podrá obtener el beneficio de la reducción del 50 % de la cuantía de la multa, si se realiza el pago en los veinte días naturales siguientes a la fecha de la denuncia.

Si el boletín de denuncia contiene referencia de cobro puede abonarla directamente en cualquier sucursal de las entidades colaboradoras Unicaja Banco, BBVA, Caixabank, Banco Santander y Banco Sabadell, en sus cajeros automáticos, o a través de la banca online de dichas entidades, en el horario que tengan establecido

O a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento:

 en https://sede.santander.es/tramites/pago-multas-trafico tiene como fecha límite (último día de pago hasta las 19:00 horas)

Si el boletín de denuncia no contiene referencia de cobro, a tal efecto, para la obtención de la carta de pago podrá solicitarla:

  1.  Telefónicamente :

Número de ATENCIÓN AL CIUDADANO: 942 09 31 23

Horario: de 8:00 a 20:00 h lunes a viernes y sábados de 9:00 a 14:00 h

   2.   Vía correo electrónico. En el E-mail: multas@ayto-santander.es (horario: de 8:30 a 14:00 horas).

 

  •    Si la denuncia no fue notificada en el acto por alguno de los motivos consignados en el propio boletín:

La denuncia se enviará al titular del vehículo al domicilio que conste en Registro de Vehículos de D.G.T. para su efectiva notificación. Recibirá carta de pago indicándole las formas, lugares y plazos para efectuar el pago. En caso de que el titular del vehículo no sea el conductor, esta obligado a identificar a la persona que lo conducía, en el plazo de 20 días naturales desde la notificación, indicando el nombre, apellidos, DNI y domicilio completo.

  • Excepciones:

Quedan expresamente excluidas las denuncias por infracciones al TÍtulo IV del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de Octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, relativas a las autorizaciones administrativas, las relativas al seguro obligatorio de vehículos (Real Decreto 1507/2008, de 12 de septiembre) 

  • Plazo límite para el pago.

Si las multas no han sido satisfechas dentro del período de pago bonificado ni se han formulado alegaciones, deberá hacerse efectivo su importe íntegro en el plazo de los 15 días naturales siguientes a la fecha de su firmeza. Transcurrido ese plazo, sin haber satisfecho su importe, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio, incrementado con los recargos e intereses legales correspondientes.

 

FORMA DE PAGO:

  • Trámite online

Mediante este trámite Ud. puede realizar el pago de una sanción de tráfico, siempre que disponga del boletín de denuncia (con la referencia de cobro),  mediante notificación recibida en el domicilio o carta de pago emitida  a través del Servicio de Atención Telefónica (942 09 31 23). Igualmente puede consultar el estado de los pagos realizados vinculados a las sanciones. A continuación se explican las distintas vías habilitadas para la realización del trámite. En esta misma página encontrará un tutorial que le ayudará en el trámite del pago de la multas. Se recomienda su lectura.

El pago a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento:

 en https://sede.santander.es/tramites/pago-multas-trafico tiene como fecha límite (último día de pago hasta las 19:00 horas)

Enlace al pago de multas online

  • Trámite presencial

Asimismo puede pagar la multa:

Con la presente notificación en cualquier sucursal de las entidades colaboradoras Unicaja Banco, BBVA, Caixabank, Banco Santander y Banco Sabadell, en sus cajeros automáticos, o a través de la banca online de dichas entidades, en el horario que tengan establecido.

 Plazo límite para el pago

Si las multas no han sido satisfechas dentro del período de pago bonificado ni se han formulado alegaciones, deberá hacerse efectivo su importe íntegro en el plazo de los 15 días naturales siguientes a la fecha de su firmeza. Transcurrido ese plazo, sin haber satisfecho su importe, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio, incrementado con los recargos e intereses legales correspondientes.

PROTECCION DE DATOS

Información básica sobre la protección de sus datos: RESPONSABLE: Ayuntamiento de Santander. FINALIDAD: Tramitación de los procedimientos sancionadores de tráfico de competencia municipal. LEGITIMACIÓN: Cumplimiento del RDL 6/2015 (que aprueba el TRLTCV). DESTINATARIOS: No está prevista la comunicación de datos a terceros, salvo disposición legal. DERECHOS: Acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y, en su caso, oposición y portabilidad de los datos. PROCEDENCIA: Boletín de denuncia/datos municipales.

INFORMACIÓN ADICIONAL: http://santander.es/ayuntamiento/proteccion-datos/derechos.

 

Normativa referente al Pago de Multas de Tráfico

COMUNICACIÓN DE DATOS AL CONDUCTOR EN EL MOMENTO DE LA INFRACCIÓN

Personas obligadas a la identificación.

El titular o arrendatario del vehículo, debidamente requerido para ello, tiene el deber de identificar verazmente al conductor responsable de la infracción y si incumpliere esta obligación en el trámite procedimental oportuno sin causa justificada, será sancionado pecuniariamente como autor de falta muy grave con el doble de la prevista para la infracción leve y el triple, si es infracción grave o muy grave. En los mismos términos responderán aquellas personas cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor que aquéllos identifiquen, por causa imputable a ellos.

Forma de hacer la identificación.

Mediante escrito dirigido al Servicio de Gestión de Multas de Tráfico, proporcionando en el plazo de 20 días naturales a contar desde el siguiente a la notificación de la denuncia, nombre, apellidos, número de D.N.I. o documento equivalente y domicilio completo del conductor. En el caso de que el conductor no figure inscrito en el Registro de conductores e infractores, el titular deberá disponer copia de la autorización administrativa que le habilite a conducir en España y facilitarla a la Administración.

Lugar de presentación.

  • En el Registro Telemático del Ayuntamiento de Santander
  • En el Registro General del Ayuntamiento de Santander, plaza del Ayuntamiento s/n, horario de 8:30 a 13:30 y sábados de 9:00 a 12:30.
  • En cualquiera de los Registros a que hace referencia el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. .

Pliego de descargos para multas de tráfico

Normativa referente a la Comunicación de Datos del Conductor en el Momento de la Infracción

DISCONFORMIDAD CON LA DENUNCIA. ESCRITO DE ALEGACIONES

Caso de disconformidad con la denuncia podrá formular por escrito las alegaciones que estime convenientes a su defensa, con aportación o proposición de las pruebas que considere oportunas mediante escrito dirigido al Servicio de Gestión de Multas.

El abono de la multa dentro del período de pago bonificado, implicará la terminación del procedimiento el día del pago, la renuncia a formular alegaciones o recurso de reposición, y la detracción de puntos al día siguiente, en su caso. Al finalizar el procedimiento con el pago reducido, queda abierta la via contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contartar desde que éste se produce ante el órgano juricial competente.

Plazo de presentación.

Dentro de los 20 días naturales siguientes a la entrega del boletín de denuncia, si ésta fue notificada en el acto, o desde la recepción de la notificación en su domicilio.

Plazo de resolución.

Salvo que concurran causas legales de suspensión del mismo (art 112.3 Real Decreto Legislativo 6/2015, 30 octubre), si no hubiere recaído resolución sancionadora transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento, se producirá la caducidad de éste y se procederá al archivo de las actuaciones.

Lugar de presentación.

  • En el Regístro Telemático del Ayuntamiento.
  • En el Registro General del Ayuntamiento de Santander, plaza del Ayuntamiento s/n, horario de 8:30 a 13:30 y sábados de 9:00 a 12:30.
  • En cualquiera de los Registros a que hace referencia el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Pliego de descargos para multas de tráfico

Normativa referente a la Disconformidad con la Denuncia. Escrito de Alegaciones

EJECUCION DE LA SANCIÓN

Si no formula alegaciones ni paga con reducción en el plazo de 20 días naturales, la denuncia correctamente notificada, surte efecto de acto resolutorio del procedimiento. Esto supone que no se dictará resolución sancionadora y que se procederá a la ejecución de la sanción a los 30 días, quedando entonces abierta la vía contencioso-administrativa en los términos arriba expuestos.

Vencido el plazo de 15 días naturales siguientes a la fecha de la firmeza de la sanción sin que se hubiese satisfecho la multa, su cobro se llevará a cabo por el procedimiento de apremio del Servicio de Recaudación Ejecutiva del Ayuntamiento de Santander.(Art. 90 LSV).

DISCONFORMIDAD CON LA RESOLUCION SANCIONADORA. RECURSO DE REPOSICION.

Caso de disconformidad con la resolución por la que se impone la sanción, podrá interponer recurso de reposición ante el Servicio de Gestión de Multas

Plazo de presentación.

Un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la resolución sancionadora.

Igualmente, podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los Tribunales de dicha jurisdicción, en el plazo de 2 meses, contados desde el día siguiente al de la recepción de aquella notificación.

Lugar de presentación

  • En el Regístro telemático del Ayuntamiento,
  • En el Registro General del Ayuntamiento de Santander, plaza del Ayuntamiento s/n, horario de 8:30 a 13:30 y sábados de 9:00 a 12:30.
  • En cualquiera de los Registros a que hace referencia el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

PROTECCIÓN DE DATOS

Información básica sobre la protección de sus datos: RESPONSABLE: Ayuntamiento de Santander. FINALIDAD: Tramitación de los procedimientos sancionadores de tráfico de competencia municipal. LEGITIMACIÓN: Cumplimiento del RDL 6/2015 (que aprueba el TRLTCV). DESTINATARIOS: No está prevista la comunicación de datos a terceros, salvo disposición legal. DERECHOS: Acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y, en su caso, oposición y portabilidad de los datos. PROCEDENCIA: Boletín de denuncia/datos municipales.

INFORMACIÓN ADICIONAL: http://santander.es/ayuntamiento/proteccion-datos/derechos.

Pliego de descargos para multas de tráfico

Normativa referente a la Disconformidad con la Resolución Sancionadora. Recurso de Reposición

 

  • Dirección

    Plaza del Ayuntamiento, s/n.


  • Teléfonos

    Servicio de Atención Telefónica: 942 09 31 23

    de 8:00 a 20:00 horas lunes a viernes y sábados de 9:00 a 14:00 horas.

    E-mail: multas@ayto-santander.es Horario: de 8:30 a 14:00 horas.