Ayuntamiento de Santander

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Bases y Convocatoria de participación, concesión de ayudas y otorgamiento de premios a agrupaciones carnavalescas en el Carnaval de Santander 2024

Establecer las normas reguladoras de la participación, concesión de ayudas económicas y premios a las agrupaciones carnavalescas que intervengan en los citados actos.

Con motivo de la celebración de las fiestas de “Carnaval 2024” de Santander los días 9, 10, 11 de febrero de 2024  como medida de fomento y con la finalidad de primar la participación ciudadana, la Concejalía de Dinamización Social ha considerado necesario regular la participación de las agrupaciones carnavalescas en los actos programados, así como el establecimiento de ayudas económicas y el otorgamiento de premios a los participantes, para lo cual se han elaborado las bases que regularán su convocatoria.

El 02 de enero 2024 la junta de Gobierno aprueba las bases de concesión de ayudas y otorgamiento de premios a las agrupaciones carnavalescas en el Carnaval 2024 de Santander, junto con la convocatoria para la participación, adjunto a esta propuesta.

El plazo de presentación de solicitudes para participar en el Carnaval 2024 finaliza el día  18 de enero de 2024.

Detalle de la ayuda

La cuantía total del crédito destinado a estas ayudas y premios es de 25.000 €. En el supuesto que el número de solicitudes conlleve una dotación económica superior al límite señalado, las ayudas se ajustarán proporcionalmente a la baja, tomando en consideración el número de integrantes de las agrupaciones carnavalescas. Las ayudas se otorgarán atendiendo al siguiente criterio mero de integrantes de la agrupación.

Objeto de la ayuda

Fomentar la participación ciudadana en el Carnaval 2024

Importe

25000.00

Plazo de Presentación

10 días desde el día siguiente a la publicación en el tablón de anuncios y en la página web del ayuntamiento

Finalización del plazo

18 de enero de 2024

Tercera convocatoria de subvenciones para adquisición de bicicletas de pedales de pedaleo asistido tipo urbana.

Concesión de ayudas dinerarias por parte del Ayuntamiento de Santander, a través del procedimiento de concurrencia competitiva, para la adquisición de bicicletas de pedales de pedaleo asistido tipo urbana, estableciéndose como criterio de adjudicación un orden de prelación según fecha de presentación de las solicitudes de subvención.

La Junta de Gobierno Local del 18/12/2023 aprobó la 3ª convocatoria de subvenciones para adquisición de bicicletas de pedales de pedaleo asistido tipo urbana.

La concesión de las mismas se efectúa mediante régimen de concurrencia competitiva, estableciéndose como criterio de adjudicación un orden de prelación según fecha de presentación de las solicitudes de subvención.

Lugar de presentación: La presentación de solicitudes y de toda la documentación a aportar se realizará a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Santander, https://sede.santander.es/ así como en los demás lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Plazo de presentación: Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 30 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

Finalización del plazo:  1 de febrero de 2024

Fecha de publicación en el BOC:   2 de enero 2024
 

Lugar de presentación

La presentación de solicitudes y de toda la documentación a aportar se realizará a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Santander, https://sede.santander.es/ así como en los demás lugares señalados en el art. 16.4 Ley 39/2015, 1 octubre

Beneficiarios

Mayores de 18 años empadronados en Santander (antigüedad mínima de 6 meses)

Detalle de la ayuda

La ayuda económica para la adquisición de la bicicleta de pedales de pedaleo asistido tipo urbana será de 350 euros por cada bicicleta, cuyo precio máximo de venta al público sea de 1.500 euros (IVA  excluido), no siendo subvencionables las compras de bicicletas de precio superior al indicado. 

Cada beneficiaro podrá solicitar la ayuda para un máximo de 1 bicicleta.

 

Objeto de la ayuda

La concesión de subvenciones destinadas a la adquisición de bicicletas nuevas, de pedales de pedaleo asistido tipo urbana en régimen de propiedad, con el fin de contribuir al impulso de la movilidad sostenible en particular la movilidad ciclista, mejorar la calidad del aire, reducir la contaminación acústica y las emisiones de gases de efecto invernadero, así como el consumo de energía.
 

Importe

350.00

Requisitos ayuda

Podrán resultar beneficiarios de la presente subvención las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos: 
(Se reproduce un extracto de los requisitos para la obtención de la subvención, se deben consultar los mismos en la Ordenanza de subvenciones, para la adquisición de bicicletas de pedales de pedaleo asistido tipo urbana, publicada en el BOC nº 40 de 28 de febrero de 2022 y en el Acuerdo aprobado por la Junta de Gobierno Local de fecha 18 de diciembre de 2023)

Los beneficiarios han de cumplir los siguientes requisitos:

  • Mayores de 18 años empadronadas en Santander, con una antigüedad mínima de 6 meses, respecto a la fecha de publicación de la convocatoria.
  • Adquirir la bicicleta de pedales de pedaleo asistido tipo urbana en un establecimiento comercial radicado en el municipio de Santander y dentro del periodo establecido en la convocatoria. 
  • No estar incursa en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.
  • No se podrá solicitar una nueva subvención hasta que transcurran 2 años desde la obtenida con anterioridad.

 

Se considera bicicleta de pedales de pedaleo asistido tipo urbana aquella que cumpla las características técnicas recogidas en el Reglamento UE N. 168/2013 del Parlamento europeo y del Consejo de 15 de enero de 2013 y que el fabricante clasifique como urbana, paseo o city.  Quedando excluidas las bicicletas de carácter deportivo (carretera o mountain bike) y las de carácter infantil.
 

Plazo de Presentación

30 días naturales a partir del día siguiente de la publicación del extracto en el BOC.

Finalización del plazo

1 febrero 2024

Convocatoria de ayudas “SANTANDER 30: CREA y EMPLEA” para la promoción del empleo, el emprendimiento y el desarrollo empresarial en Santander (2023)

Beneficiarios

Emprendedores, empresas y otras entidades con personalidad jurídica

Detalle de la ayuda

Presentación de solicitudes según modelo oficial junto con la documentación y Anexos correspondientes en:

  1. La Oficina de Asistencia en Materia de Registro del Ayuntamiento de Santander
  2. La Sede Electrónica del Ayuntamiento de Santander, señalando como Unidad Tramitadora de Destino Empleo y Promoción Empresarial (https://sede.santander.es)
  3. Las demás formas en que hace referencia el artículo 16.4 de la Ley 39/1915 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:

  • Las personas jurídicas
  • Las entidades sin personalidad jurídica
  • Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional
  • Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración

Objeto de la ayuda

Promover el empleo, el emprendimiento y el desarrollo empresarial en Santander, con especial incidencia en el colectivo de jóvenes a través de los siguientes programas:

  • Programa I: SANTANDER 30 CREA, destinado a apoyar la puesta en marcha de nuevas actividades empresariales y dotado por importe de 450.000€   
  • Programa II: SANTANDER 30 EMPLEA, destinado a facilitar el acceso al mercado laboral de los jóvenes de Santander, promoviendo su contratación por parte de las empresas de la ciudad y dotado por importe de 700.000€   

Requisitos ayuda

Los beneficiarios podrán ser quienes cumplan los requisitos que marcan las Bases Reguladoras y la Convocatoria.

Programa I SANTANDER 30 CREA: las personas físicas y jurídicas que

  • hayan iniciado una nueva actividad empresarial, comercial o profesional en el municipio de Santander entre el 20 de septiembre de 2022 y la fecha de presentación de la solicitud.
  • cuenten con una plantilla de hasta 10 trabajadores

 

Programa II SANTANDER 30 EMPLEA: las personas físicas y jurídicas que

  • cuenten con un centro de trabajo en Santander
  • contraten o incorporen como socios de una cooperativa o sociedad laboral a jóvenes de hasta 30 años de edad o de 35 en el caso de tratarse de personas con una discapacidad igual o superior al 33%, entre el 1 de julio y el 30 de noviembre de 2023.

Plazo de Presentación

Desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en BOC

Finalización del plazo

Programa I: SANTANDER 30 CREA, 28 de septiembre de 2023 / Programa II: SANTANDER 30 EMPLEA, 30 de noviembre de 2023

Fecha de publicación en el BOC

8 Sep 2023

Número del Boletín Oficial de Cantabria

BOC nº 174

Convocatoria de subvenciones para adquisición de bicicletas de pedales de pedaleo asistido tipo urbana 2023

Segunda convocatoria de subvenciones para adquisición de bicicletas de pedales de pedaleo asistido tipo urbana 2023

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria de 22 de mayo de 2023, aprobó la Convocatoria de subvenciones, para adquisición de bicicletas de pedales de pedaleo asistido tipo urbana 2023

Beneficiarios

personas fisicas

Objeto de la ayuda

La adquisición de bicicletas nuevas de pedales de pedaleo asistido tipo urbana en régimen de propiedad dentro del periodo comprendido entre el 1 de Enero de 2.023 hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes o hasta agotarse el crédito.

 

Plazo de Presentación

Desde el día siguiente a la publicación Boletín Oficial de Cantabria, hasta el 7 de julio de 2023 inclusive

Fecha de publicación en el BOC

7 Jun 2023

Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la excelencia formativa en el municipio de Santander para el ejercicio 2022

Concesión de ayudas dinerarias por parte del Ayuntamiento de Santander, a través del procedimiento de concurrencia competitiva, para la realización de estudios reglados.

Lugar de presentación

La presentación de solicitudes y de toda la documentación a aportar se realizará a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Santander, https://sede.santander.es/ así como en los demás lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1

Objeto de la ayuda

1.- Impulsar el interés entre los vecinos de Santander por el estudio y el perfeccionamiento en materia de artes, humanidades y ciencias, o por cualquier otra disciplina reglada, con espíritu de superación personal.
2.- Fomentar la excelencia en la formación y el estudio, en especial entre los jóvenes, así como el acceso a estudios superiores, de grado o de posgrado u otros estudios superiores reglados.
3.- Propiciar la integración de los sectores desfavorecidos de población a través del cultivo de actividades culturales y formativas regladas.

Requisitos ayuda

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones según la base 3ª punto 1 de la Ordenanza para la concesión de Becas en Régimen de Concurrencia Competitiva para la Excelencia formativa, los estudiantes que cumplan los tres requisitos siguientes:
1.-  Que se encuentren empadronados en el municipio de Santander con un mínimo de antigüedad de dos años inmediatamente anteriores a la solicitud de la beca, y que continúen estándolo a la fecha de publicación de las presentes bases de forma ininterrumpida.
2.-  Que se encuentren matriculados en cualquier centro o institución de enseñanza reglada, en los niveles de Bachillerato o Ciclos Formativos de Grado Medio.
3.- Que tengan una nota media en el expediente académico de la especialidad correspondiente al año 2021-2022 igual o superior a 8,5 sobre 10.
 

Plazo de Presentación

15 días naturales desde publicación en el BOC

Finalización del plazo

31 de enero de 2023

Fecha de publicación en el BOC

17 Ene 2023

Número del Boletín Oficial de Cantabria

11

Bases subvenciones Salud

Bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos de promoción de la salud

Beneficiarios

entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos de promoción de la salud

Requisitos ayuda

1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro incluidas dentro del ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, que deberán estar dadas de alta en el Registro correspondiente a los efectos de publicidad.

2. Para acceder a la condición de beneficiaria, y mantenerse en ella, se deberán seguir las siguientes condiciones:

2.1. Respecto a las entidades solicitantes:

- Las Asociaciones deberán figurar inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Santander, con al menos un año de antigüedad en la fecha de presentación de la solicitud, y siempre que los fines y objetivos de la misma coincidan con los de la Administración sanitaria, hechos que habrán de ser debidamente acreditados. Deberán, además, llevar al menos un año de actividad en el municipio.

- Las Fundaciones deberán estar inscritas en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Cantabria y tener sede o delegación abierta en el municipio de Santander, hecho que deberán acreditar.

- Deberán carecer de ánimo de lucro, requisito que deberá constar en sus Estatutos o en aquella documentación que defina su actividad.

- Deberán acreditar lo establecido por el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Deberán formular declaración responsable de no tener pendiente de justificación ni de reintegro ninguna otra subvención concedida anteriormente por el Ayuntamiento de Santander, la Comunidad Autónoma o por la Administración del Estado, y deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Santander y el Estado y frente a la Seguridad Social.

- El cumplimiento de los requisitos deberá mantenerse durante el procedimiento y hasta la liquidación de la ayuda concedida.

- Que las entidades tengan previsto un procedimiento de registro de participación y de evaluación de resultados.

- Deberán contar con los recursos humanos, materiales y económicos que garanticen la ejecución del proyecto y la sostenibilidad de la entidad.

2.2. Respecto a los proyectos solicitados

  • Los proyectos subvencionados deberán ser ejecutados exclusivamente en el municipio de Santander. 
  • Solo será subvencionable un proyecto por entidad.
  • Los proyectos deberán responder fundamentalmente a una única línea temática. No se aceptarán proyectos que agrupen actividades no relacionadas entre sí. De la misma manera, se englobará en un solo proyecto los que sean de la misma temática.
  • Las actividades a financiar serán complementarias de los programas propios que se incluyen dentro del ámbito competencial de la Concejalía competente en materia de Salud del Ayuntamiento de Santander y no deben estar siendo desarrolladas también por otros organismos públicos. Anualmente, en cada convocatoria se concretarán las prioridades referentes a la complementariedad de los proyectos respecto a la actividad del Servicio de Salud.
  • La entidad no podrá tener asignada a tal proyecto subvención nominativa y/o convenio de colaboración por parte del Ayuntamiento de Santander.
  • El proyecto subvencionado deberá ejecutarse dentro del año natural de la correspondiente convocatoria, pudiéndose desarrollar entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de dicho año natural, con independencia de la fecha de dicha convocatoria.

El plazo máximo de duración, por lo tanto, será de un año, sin perjuicio de la continuidad y sostenibilidad del proyecto en el tiempo. De incumplirse este plazo, la subvención concedida quedará sin efecto, procediéndose al reintegro de la misma al Ayuntamiento, así como al abono de los intereses de demora.

  • La concesión de la subvención será compatible con otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos que, para la misma finalidad, sean otorgadas por otras administraciones públicas o por otros entes, públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que, aisladamente o en concurrencia, no se supere el coste de la actividad subvencionada.  En el caso de que el importe total de la suma de las diferentes ayudas y subvenciones obtenidas sea superior al presupuesto total de la actividad, la subvención a conceder se reducirá en la cantidad correspondiente al exceso.

Fecha de publicación en el BOC

17 Ene 2023

Número del Boletín Oficial de Cantabria

11

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Tercera Convocatoria de Ayudas Económicas para el Apoyo Social y Reactivación Económica en Santander 2022

Beneficiarios

Emprendedores y Empresas

Detalle de la ayuda

Presentación de solicitudes según modelo oficial junto con la documentación y Anexos correspondientes en:

  1. La Oficina de Asistencia en Materia de Registro del Ayuntamiento de Santander
  2. La Sede Electrónica del Ayuntamiento de Santander (señalando como Unidad Tramitadora de Destino: Empleo y Promoción Empresarial) pinchar aquí  (https://sede.santander.es) o
  3. Las demás formas en que hace referencia el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 Están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:

  1. Las personas jurídicas.
  2. Las entidades sin personalidad jurídica.
  3. Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional.
  4. Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Objeto de la ayuda

La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento de solicitud, concesión y control de las ayudas TERCERA CONVOCATORIA de AYUDAS para el APOYO SOCIAL Y REACTIVACIÓN ECONÓMICA en SANTANDER con ayudas a empresas 2022 para la activación económica al amparo de lo establecido en las Bases Reguladoras aprobadas en Sesión Plenaria del Excmo. Ayuntamiento de Santander de 28 de Enero de 2.016 y publicadas en el Boletín Oficial de Cantabria de fecha 15 de Abril de 2.016 a través de los siguientes programas:

  • PROGRAMA I: AYUDAS PARA EL LANZAMIENTO DE NUEVOS PROYECTOS EMPRESARIALES
  • PROGRAMA II: AYUDAS PARA LA TRANSFORMACIÓN E INNOVACIÓN DIGITAL DE LAS EMPRESAS
  • PROGRAMA III: BONO SANTANDER EMERGE
  • PROGRAMA IV: BONO SANTANDER EMERGE 10+

 

Requisitos ayuda

Los beneficiarios podrán ser quienes cumplan los requisitos que marcan las Bases Reguladoras y la Convocatoria y principalmente:

 

-PROGRAMA I de ayudas para el lanzamiento de nuevos proyectos empresariales

Beneficiarios: las personas físicas o jurídicas que:

a)Hayan iniciado una nueva actividad empresarial comercial o profesional en el municipio de Santander entre el 10 de noviembre de 2021 y la fecha de presentación de la solicitud.

b)Hayan realizado y pagado a fecha de presentación de la solicitud gastos de los conceptos del art. 12.2 por importe igual o superior a 1.000 € , impuestos excluidos

 

Objeto y cuantía subvencionable: 100% de los gastos de inversión y puesta en marcha.

La subvención máxima es de 3.000€.

 

-PROGRAMA II de ayudas para la transformación e innovación digital de las empresas

 

Beneficiarios: las personas físicas o jurídicas que:

 

a)Hayan iniciado la actividad empresarial, comercial o profesional para la que solicitan la subvención en el municipio de Santander con anterioridad al 10 de noviembre de 2021.

 

b)Hayan realizado y pagado entre el 10 de noviembre de 2021 y la fecha de presentación de solicitudes de la presente convocatoria inversiones en la adquisición e instalación del equipamiento tecnológico necesario para la implementación de las acciones descritas en el artículo 16.1 por un importe igual o superior a 1.000€, impuestos excluidos.

Objeto y cuantía subvencionable: hasta el 75% de la adquisición de equipamiento tecnológico ligado a la implementación de procesos de digitalización de las micro pymes.

En ningún caso será subvencionable la adquisición, suscripción o mantenimiento de ningún tipo de software

La subvención máxima es de 6.000 €

 

-PROGRAMA III   Bono SANTANDER EMERGE y PROGRAMA IV Bono SANTANDER EMERGE 10+

 

Beneficiarios: empresas y personas autónomas que desarrollan actividad de hostelería y restauración, comercio y servicios personales.

Se establecen 4 bloques por sector en función del nº de trabajadores:

-Sin asalariados

-De 1 a 3 asalariados

-De 4 a 10 asalariados

-Más de 10 trabajadores que denominamos BONO EMERGE 10+ (programa IV)

El importe de la subvención consistirá́ en una cuantía fija que se calcula teniendo en cuenta la actividad que se desarrolle, así como el número de trabajadores de la empresa que se acrediten mediante Informe de vida laboral en el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31de julio de 2022.

De esta forma, las ayudas que recibirán en el sector hostelería oscilan entre 1.000 y 3.800 euros; las del sector comercio entre 1.100 y 2.500 euros; y las de otros servicios entre 700 y 1.500, excepto el transporte por auto taxi que será de 600 euros.

 

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta el lunes 19 de septiembre.

 

 

No se admitirán facturas por importe inferior a 50€, impuestos excluidos

 

La solicitud de las ayudas contempladas en el Programa I será incompatible con la de cualquier otro programa contemplado en esta convocatoria. 

En el caso de que una misma persona física o jurídica presente adicionalmente su solicitud a otros programas distintos del Programa I, se tendrá en cuenta la que se haya presentado en primer lugar, atendiendo a la fecha y hora que conste en el registro de entrada.

Convocatoria de subvenciones para la adquisición de turismos ecológicos para el servicio de auto-taxi en el municipio de Santander para el ejercicio 2022

Ha sido publicado en el BOC, con fecha 24 de agosto de 2022, el extracto de la   convocatoria de subvenciones para la adquisición de turismos ecológicos para el servicio de auto-taxi en el municipio de Santander para el ejercicio 2022.

En los archivos anexos se encuentra el texto de la convocatoria dele ejercicio 2022, las bases reguladoras generales, el modelo de solicitud.

Para cualquier aclaración no duden en ponerse en contacto en el correo electrónico licencias-autorizaciones@santander.es

Finalización del plazo

23 de septiembre 2022

Fecha de publicación en el BOC

24 Ago 2022

Número del Boletín Oficial de Cantabria

163

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Acceso al BOC

Subvenciones de la Concejalía de Juventud, Educación y Salud para proyectos juveniles 2022

Ayudas destinadas a Asociaciones Juveniles y Entidades prestadoras de servicios a la juventud, así como otras entidades sin fin de lucro y asociaciones no formales (colectivo de jóvenes mayores de edad con un mínimo de cinco que sean residentes en Santander).

Estas subvenciones se destinarán a proyectos juveniles que se desarrollen en el término municipal de Santander, dentro del periodo 1 de enero de 2021a 31 de diciembre de 2022.
 

Importe

30000.00

Requisitos ayuda

La concesión de las mismas se efectúa mediante régimen de concurrencia competitiva, pudiéndose subvencionar hasta un 100% del presupuesto solicitado, siempre dependiendo de la valoración que sehaga del proyecto, de acuerdo con los criterios indicados en las bases reguladoras, y con los siguientes límites:

− Artículo 6 de las bases: ninguna de las ayudas podrá superar la cuantía máxima de 3.000 euros.

− Artículo 11.3 de las bases: la cantidad solicitada no podrá superar el límite de 3.000 euros.

− Artículo 5 de las bases: en aquellas actividades que tengan un coste por hora susceptible de cuantificar (talleres, charlas, etc.) el mismo no podrá superar la cantidad de 50 euros por hora.

Las SOLICITUDES deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Santander cumplimentando el modelo de Instancia (Anexo I), acompañadas de proyecto, presupuesto, breve memoria de actividades del año anterior, fotocopia del CIF o NIF y declaración responsable.

Plazo de Presentación

30 días hábiles desde la publicación del extracto en el BOC

Finalización del plazo

12 de septiembre

Fecha de publicación en el BOC

27 Jul 2022

Convocatoria de subvenciones para Asociaciones para sufragar sus gastos generales 2024

Convocatoria de subvenciones para sufragar los gastos generales de las Asociaciones diversas inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Santander para el ejercicio 2024.

 

Beneficiarios

Asociaciones

Plazo de Presentación

Del 21 de marzo al 20 de abril de 2024

Finalización del plazo

Hasta el 22 de abril de 2024

Fecha de publicación en el BOC

20 Mar 2024

Número del Boletín Oficial de Cantabria

57

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Publicación en el BOC