Ayuntamiento de Santander

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Subvenciones para actividades culturales diversas en el Municipio de Santander para el ejercicio 2019

El Pleno del Ayuntamiento de Santander aprobó en sesión de 29 de noviembre de 2007 la Ordenanza reguladora de la Concesión de Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el Fomento de la Cultura en el Municipio de Santander, siendo publicadas en el BOC el 11 de febrero de 2008.

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 26 de marzo de 2019 se aprobó la convocatoria de subvenciones para actividades culturales diversas que se realicen en el Municipio de Santander, en el ejercicio 2019.

La concesión de estas subvenciones se efectuará mediante régimen de concurrencia competitiva.

Lugar de presentación

Conforme al art. 14.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre

Beneficiarios

Empresas, autónomos y asociaciones

Detalle de la ayuda

El crédito presupuestario global destinado a esta convocatoria correspondiente al ejercicio 2019, asciende a la cantidad de 80.000 euros.

La subvención  irá destinada a la cobertura de los gastos originados en el desarrollo de las actividades incluidas en el proyecto.

La subvención no podrá superar el importe máximo de 15.000 euros por beneficiario.

Extracto al BOC (4/04/2019), consultar aquí.

Objeto de la ayuda

Cobertura de los gastos originados en el desarrollo de las actividades incluidas en el proyecto.

Importe

15000.00

Requisitos ayuda

Para ser beneficiarios de estas subvenciones, los solicitantes habrán de reunir los requisitos detallados en la base 2ª y 3ª de la Ordenanza reguladora de la concesión de subvenciones para el fomento de la Cultura (BOC. 11 febrero 2008).

Los criterios objeto de valoración serán los indicados en la base 4ª y 5ª de la Ordenanza reguladora, complementados con lo dispuesto en el punto 7 del acuerdo de convocatoria arriba indicado

Las solicitudes deberán presentarse con arreglo al modelo normalizado que se publica en la página web municipal y conforme indica el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, consultar aquí.

Los proyectos a subvencionar deberán concluir antes del 31 de octubre de 2019.

El plazo para la justificación de estas subvenciones por parte de los beneficiarios de las mismas expirará el 31 de octubre de 2019.

Plazo de Presentación

30 días naturales desde la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria

Fecha de publicación en el BOC

4 Abr 2019

Subvenciones para actividades juveniles 2019

Convocatoria pública de subvenciones de la Concejalía de Educación, Juventud, Contratación, Patrimonio y Transparencia para proyectos juveniles en el término municipal de Santander en el año 2019.

Asociaciones Juveniles y Entidades prestadoras de servicios a la juventud, así como otras entidades sin fin de lucro y asociaciones no-formales, que estén inscritas en el Registro Municipal de Santander. En el caso de las ayudas a publicaciones, podrán ser solicitadas por jóvenes particulares con domicilio en el municipio de Santander.

Lugar de presentación

https://sede.santander.es/tramites/subvenciones-ayudas

Importe

20000.00

Plazo de Presentación

15 días hábiles

Finalización del plazo

1 de abril de 2019

Fecha de publicación en el BOC

11 Mar 2019

Número del Boletín Oficial de Cantabria

49

URL del enlace al BOC

Extracto

Convocatoria de Subvenciones destinadas a las Actividades de Promoción y Fomento del Deporte año 2019

Objeto.

 

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones que otorgue el  Instituto Municipal de Deportes de Santander, para la realización de Programas Deportivos y organización de Eventos Deportivos durante el ejercicio 2019, en régimen de concurrencia competitiva.

 

La percepción de esta subvención será compatible con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de otras Administraciones o Entes Públicos o Privados, sin que el importe total de las ayudas recibidas pueda superar el coste de la actividad subvencionada conforme con las limitaciones establecidas en el artículo 18 de la Ley de Cantabria 10/2006.

 

Ordenanza Reguladora.

 

Publicada en el Boletín Oficial de Cantabria núm. 69, de 12 de abril de 2016, y en la página web www.santanderdeportes.com

 

Convocatoria.

 

BDNS (Identif.): 440082. Publicada en el Boletín Oficial de Cantabria Núm. 39, de 25 de febrero de 2019. CVE-2019-1482.

 

Tramitación.

 

La presentación de solicitudes que se realizará, de conformidad con el artículo 14 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Santander https://sede.santander.es , o de cualquier Administración Pública. Sera necesario disponer de certificado electrónico.

 

Plazo de presentación 30 días naturales contados a desde el día siguiente a la publicación del texto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

 

Beneficiarios.

 

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las entidades que puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos que motiva la concesión de la subvención y que reúnan las condiciones siguientes:

 

Que carezcan de ánimo de lucro, requisito éste que deberá figurar en los estatutos de la Entidad y que se hallen legalmente constituidas, conforme a la normativa aplicable en cada caso.

Disponer de estructura y solvencia suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos

Haber justificado técnica y económicamente, a la presentación de la solicitud, y en el caso de haberlas percibido, las subvenciones correspondientes a ejercicios anteriores.

Estar al corriente de sus obligaciones tributarias cuando las hubiera, con la Hacienda Pública, Seguridad Social y Haciendas Locales y no encontrarse en situación de deudor del  Ayuntamiento de Santander.

Además, para las subvenciones de la Modalidad A), en el caso de clubes y asociaciones, encontrarse inscritas y vigentes en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Santander, antes de la finalización del periodo de presentación de solicitudes.

 

En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiarios quienes se hallaren en alguna de las circunstancias determinadas en el artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de Cantabria 10/2006.

 

Modalidades Subvencionables.

 

MODALIDAD A) PROGRAMAS o PROYECTOS DEPORTIVOS: Destinados a clubes, entidades deportivas y asociaciones ciudadanas inscritas en el Registro General de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Santander, así como las Fundaciones Deportivas cuyo domicilio estatutario se ubique en Santander y sus beneficiarios y fines sean deportivos. Corresponde con las actividades deportivas desarrolladas durante la Temporada 2018/2019 en competiciones regladas, o bien llevadas a cabo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019. Las Entidades solicitantes solo podrán presentar un proyecto, salvo las que tengan carácter multidisciplinar y justifiquen debidamente la existencia de las especialidades deportivas en su estructura, en cuyo caso podrán presentar un proyecto por cada una de ellas.

 

MODALIDAD B).- ORGANIZACIÓN DE EVENTOS DEPORTIVOS: Las actuaciones y eventos acordes con la planificación general municipal en materia de deportes, que se celebren en el municipio de Santander, y que por su trascendencia deportiva o social, tengan interés relevante para la Ciudad.  Necesariamente se deben desarrollar entre el 1 de enero y el 31 de enero de 2019.

Bases y Convocatoria de participación, concesión de ayudas y otorgamiento de premios a agrupaciones carnavalescas en el Carnaval de Santander 2023

Con motivo de la celebración de las fiestas de “Carnaval 2023” de Santander los días 17, 18, 19 de febrero de 2023  como medida de fomento y con la finalidad de primar la participación ciudadana, la Concejalía de Dinamización Social ha considerado necesario regular la participación de las agrupaciones carnavalescas en los actos programados, así como el establecimiento de ayudas económicas y el otorgamiento de premios a los participantes, para lo cual se han elaborado las bases que regularán su convocatoria.

El 27 de Diciembre 2022 la junta de Gobierno aprueba las bases de concesión de ayudas y otorgamiento de premios a las agrupaciones carnavalescas en el Carnaval 2023 de Santander, junto con la convocatoria para la participación, adjunto a esta propuesta.

El plazo de presentación de solicitudes para participar en el Carnaval 2023 finaliza el día  19 de enero de 2023.

Detalle de la ayuda

La cuantía total del crédito destinado a estas ayudas y premios es de 25000 €. En el supuesto que el número de solicitudes conlleve una dotación económica superior al límite señalado, las ayudas se ajustarán proporcionalmente a la baja, tomando en consideración el número de integrantes de las agrupaciones carnavalescas. Las ayudas se otorgarán atendiendo al siguiente criterio Número de integrantes de la agrupación.

Objeto de la ayuda

Fomentar la participación ciudadana en el Carnaval 2023

Importe

25000.00

Prórroga del Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Santander y la Asociación para la Organización de la Cabalgata de Reyes 2019

 La Asociación para la Organización de la Cabalgata de Reyes de Santander, es una Asociación sin ánimo de lucro cuyo fin único, a tenor del artículo 3 de sus Estatutos, es la organización, promoción y difusión de la Cabalgata de Reyes de la ciudad de Santander.

El propio Ayuntamiento de Santander es socio institucional de esta entidad, siendo miembro nato de la Asociación y de la Junta Directiva (Artículo 23.1 de los Estatutos), estando representado por el/la Concejal/a Delegado/a del área de Dinamización Social.

La citada Asociación viene realizando una labor comprometida con la programación municipal de la época navideña, contribuyendo al realce de estas fiestas, que culmina con la Cabalgata de Reyes. Además de organizar este evento, realiza otras actividades dirigidas principalmente al público infantil, como es, el concurso de pintura en el Palacio de Exposiciones y una Gala en el Palacio de Festivales, a la que asiste el Cartero Real, para recoger las cartas de los más pequeños y hacerlas llegar a sus Majestades, los Reyes Magos.

Sobre la base de lo anteriormente expuesto, así como por razones de interés público, social y económico, el Ayuntamiento de Santander está interesado en apoyar esta labor desarrollada por la Asociación para la Organización de la Cabalgata de Reyes de Santander, cuyos servicios y actividades complementan las realizadas en este ámbito por esta Administración Local.

La Asociación para la Organización de la Cabalgata de Reyes de Santander, se compromete a llevar a cabo el desarrollo del siguiente proyecto, incluyendo los recursos necesarios:

Alquiler, montaje, ornamentación, atrezzo, iluminación y puesta en escena de seis carrozas destinadas a la Cabalgata de Reyes. Tres carrozas para los Reyes Magos, una representativa del “Nacimiento” y las restantes de libre elección.

Detalle de la ayuda

Aportación económica: El Ayuntamiento de Santander, en desarrollo del presente Convenio, concederá una subvención nominativa a la Asociación para la Organización de la Cabalgata de Reyes de Santander, por importe de TREINTA Y CINCO MIL EUROS (35.000 €), con destino a la financiación del proyecto anteriormente mencionado

Objeto de la ayuda

La conveniencia de establecer una colaboración mutua entre ambas partes, dado que comparten los objetivos comunes de mantener y promover la tradicional Cabalgata de Reyes, principal manifestación de dinamización de las fiestas navideñas.

Importe

35000.00

Plazo de Presentación

28 de diciembre 2018

Finalización del plazo

28 de diciembre de 2019

Convocatoria de ayudas para el desarrollo del programa "Crowdfunding Santander"

Beneficiarios

Personas emprendedoras que hayan participado en alguna de las convocatorias del programa ESPACIO COWORKING SANTANDER y que desarrollen la idea sobre la que trabajaron durante su edición.

Detalle de la ayuda

Presentación de solicitud según modelo oficial junto con la documentación y Anexos correspondientes en:

Registro del Ayuntamiento de Santander

Registro Auxiliar del Centro de Iniciativas Empresariales “Mercado de México” de la C/ Alta, nº 133

Registro Telemático a través de la Web municipal

La forma en que hace referencia el artículo 16.4 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Objeto de la ayuda

Apoyar a las personas emprendedoras que hayan desarrollado su idea durante los 5 meses que dura cada una de las ediciones del programa ESPACIO COWORKING SANTANDER y que hayan conseguido financiación a través de una plataforma de CROWDFUNDING en uno de sus modelos reconocidos (donación, recompensa, micro-créditos,…).

 

Dotación presupuestaria máxima 15.000,00€.

Requisitos ayuda

Podrá ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria, las personas emprendedoras, que hayan participado en alguna de las convocatorias del programa ESPACIO COWORKING SANTANDER, que desarrollen la idea presentada a la  edición correspondiente.

 

Se exigirá que reúnan a la fecha de presentación de la solicitud las siguientes condiciones:

Tener satisfechas todas las deudas contraídas con el Ayuntamiento de Santander, provenientes de impuestos, tasas, precios públicos, recargos tributarios, multas, sanciones, etc.

No tener pendiente de justificación ninguna otra subvención anterior concedida por el Ayuntamiento de Santander.

Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2.003 General de Subvenciones y el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de Julio, de Subvenciones de Cantabria.

Plazo de Presentación

Veinte días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Cantabria.

Fecha de publicación en el BOC

14 Nov 2018

Número del Boletín Oficial de Cantabria

222

URL del enlace al BOC

Enlace al BOC

Subvenciones para actividades juveniles 2018

Beneficiarios: Asociaciones Juveniles y Entidades prestadoras de servicios a la juventud, así como otras entidades sin fin de lucro y asociaciones no-formales, que estén inscritas en el Registro Municipal de Santander. En el caso de las ayudas a publicaciones, podrán ser solicitadas por jóvenes particulares con domicilio en el municipio de Santander.

Lugar de presentación

Registro General del Ayuntamiento de Santander

Plazo de Presentación

15 días hábiles

Finalización del plazo

03/04/2018

Fecha de publicación en el BOC

9 Mar 2018

Número del Boletín Oficial de Cantabria

49

URL del enlace al BOC

Extracto

Convocatoria de ayudas para la Contratación Laboral del Programa +45 Bagaje y del Programa Itinerarios Empleo Santander del 2017

Beneficiarios

Empresas

Detalle de la ayuda

Presentación de solicitudes según modelo oficial junto  con la documentación y Anexos correspondientes en:

Registro del Ayuntamiento de Santander

Registro Auxiliar del Centro de Iniciativas Empresariales “Mercado de México” de la C/ Alta, nº 133

Registro Telemático a través de la Web municipal

La forma en que hace referencia el artículo 16.4 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Objeto de la ayuda

El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas a las empresas que realicen contratos a  los desempleados mayores de 45 años o, con más de 15 años de experiencia laboral, que han recibido la formación en Mantenimiento Integral para Edificios y/o en Administración, dentro del Programa +45 Bagaje o a desempleados que hayan recibido formación en Administración de empresas, Comercio o en Hostelería dentro del Programa Itinerarios Empleo Santander, una vez finalizada la formación por un periodo mínimo de 3 meses, en una ocupación relacionada.

La dotación de la subvención por beneficiario se establece en MIL EUROS (1.000,00€)

Requisitos ayuda

Los beneficiarios podrán ser quienes cumplan los requisitos que marcan las Bases Reguladoras y la Convocatoria y principalmente, las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, que tengan su domicilio social o centro de trabajo en el municipio de Santander y realicen contratación, a tiempo completo o parcial, de desempleados mayores de 45 años o con más de 15 años de experiencia laboral, participantes en los cursos de Mantenimiento Integral para Edificios y de Administrativo, dentro del programa +45 Bagaje, o de desempleados que hayan recibido formación en Administración de empresas, Comercio o en Hostelería durante un periodo mínimo de 3  meses si el contrato es a tiempo completo o a media jornada sin que la misma sea inferior al 50% de la jornada pudiendo optar en este caso por recibir la parte proporcional de la ayuda a la jornada contratada o bien extender el tiempo de duración del contrato hasta alcanzar el máximo subvencionable siempre aplicando la proporcionalidad respecto a la regla general de 3 meses por jornada completa, siempre y cuando dichos contratos se hayan iniciado entre el 1 de diciembre del 2017 y el 31 de agosto del 2018

Plazo de Presentación

El plazo queda abierto desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria y finaliza el día 31 de agosto de 2018 hasta las 14,00 horas

Finalización del plazo

31 de agosto de 2018 a las 14,00 horas

Fecha de publicación en el BOC

16 Jul 2018

Número del Boletín Oficial de Cantabria

138

URL del enlace al BOC

Enlace al BOC

Convocatoria de Ayudas para la Promoción del Empleo, Emprendimiento y Desarrollo Empresarial en el municipio de Santander para el año 2.018

Beneficiarios

Emprendedores y empresas

Detalle de la ayuda

Presentación de solicitudes según modelo oficial junto con la documentación y Anexos correspondientes en:

  • el Registro del Ayuntamiento de Santander
  • el Registro Auxiliar del Centro de Iniciativas Empresariales  “Mercado de México” de la calle Alta , nº 133
  • el Registro Telemático a través de la web municipal (señalando como Unidad Tramitadora de Destino: Empleo y Promoción Empresarial) o
  • la forma en que hace referencia el artículo 16.4 de la Ley 39/1915 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Objeto de la ayuda

El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas destinadas a fomentar el emprendimiento y el desarrollo empresarial en el municipio de Santander  a través de tres programas:

  • PROGRAMA I  EMPRENDEDORES: Ayudas para la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, dotado con una partida presupuestaria de 66.000 €.
  • PROGRAMA II  EMPRESAS: Ayudas para la visibilización, comercialización e internacionalización de micro pymes, dotado con una partida presupuestaria de 66.000 €.
  • PROGRAMA III EMPRESAS  DE BASE TECNOLOGICA: Ayudas para la implantación de empresas de base tecnológica, dotado con una partida presupuestaria de 30.000 €.

 

Requisitos ayuda

Los beneficiarios podrán ser quienes cumplan los requisitos que marcan las Bases Reguladoras y la Convocatoria y principalmente:

Programa I: las personas físicas y jurídicas

  • Que hayan iniciado una nueva actividad empresarial, comercial o profesional en el municipio de Santander entre el 28 de Junio de 2017   y la fecha de presentación de la solicitud.
  • Que hayan realizado y pagado a fecha de presentación de la solicitud gastos de los conceptos del art. 12.2 por importe igual o superior a 1.000 € , impuestos excluidos
  • No contar con una plantilla superior a 10 trabajadores

Programa II: las personas físicas y jurídicas

  • Que hayan iniciado la actividad empresarial, comercial o profesional en el municipio de Santander con anterioridad al 28 de Junio de 2017
  • Que hayan realizado y pagado entre el 28 de Junio de 2017  y la fecha de presentación de la solicitud  los gastos de los conceptos del art. 18.2 por importe igual o superior a 300 € , impuestos excluidos
  • No contar con una plantilla superior a 10 trabajadores

Programa III: las personas físicas y jurídicas

  • Que hayan iniciado una nueva actividad empresarial, en el municipio de Santander entre el 28 de Junio de 2017 y la fecha de presentación de la solicitud.
  • Que desarrollen actividades basadas en modelos de negocio y gestión de alto contenido tecnológico, independientemente del sector al que estén destinados los productos o servicios finales.
  • Que hayan realizado y pagado a fecha de presentación de la solicitud gastos de los conceptos del art. 24.2, impuestos excluidos

Plazo de Presentación

Veinte días naturales

Finalización del plazo

2 de Julio de 2.018

Fecha de publicación en el BOC

11 Jun 2018

Número del Boletín Oficial de Cantabria

113

Convocatoria de Subvenciones a Entidades sin ánimo de lucro para la realización de Proyectos de carácter Social 2018

Ayudas o subvenciones destinada a la cofinanciación de proyectos de carácter social para la realización de proyectos de carácter social correspondientes al ejercicio del año 2018

Se recoge en las Bases Reguladoras BOC 193 de 6 Octubre de 2008

Beneficiarios

Entidades sin ánimo de lucro constituidas formalmente

Detalle de la ayuda

La concesión de estas subvenciones se efectúa en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad a lo establecido en los artículos 23 a 27 de la Ley10/2006, de 17 de Julio de Subvenciones de Cantabria, pudiéndose subvencionar hasta un 80% del coste total de la actuación, debiendo ser financiado el resto por el propio beneficiario o por otras entidades, públicas o privadas.

Objeto de la ayuda

Apoyar, en régimen de concurrencia competitiva, proyectos de carácter social desarrollados por entidades cuyo objetivo de intervención se centre en los siguientes sectores de población:

- Infancia, adolescencia y familia.

- Personas en situación de dependencia.

- Personas mayores.

- Personas con minusvalía, discapacidad y/o dependencia.

- Drogodependientes.

- Minorías étnicas.

- Otros colectivos en situación de exclusión o aislamiento social.

Apoyar proyectos de desarrollo realizados por ONGD que deberá ejecutar un socio local y con la participación de la población local.

Importe

67000.00

Requisitos ayuda

Entidades sin ánimo de lucro constituidas formalmente –en materia de Servicios sociales-, para el año en curso, que presenten proyectos de carácter social específicos y concretos, los cuales se desarrollen en el marco de la actividad global de dichas instituciones y asociaciones.

Plazo de Presentación

20 días naturales a partir del día siguiente a la publicación

Fecha de publicación en el BOC

5 Jun 2018