Ayuntamiento de Santander


Moción para modificar Ordenanza Parques y Jardines

24 Ene 2020

AL PLENO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANTANDER

   Don. MIGUEL SARO DÍAZ, concejal de Unidas por Santander y del Grupo Mixto en el Ayuntamiento de Santander, al amparo de lo establecido en el reglamento Orgánico del Pleno, presenta la siguiente MOCIÓN para que sea debatida y aprobada en el primer pleno que se celebre.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

    I.- Los municipios tienen entre sus competencias, en aplicación del artículo 25.2 de la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local, la regulación del Medio ambiente urbano y en particular, parques y jardines públicos, el ordenamiento urbanístico y viario y la protección y gestión del patrimonio histórico. En ejercicio de dichas competencias, Santander dispone de una Ordenanza cuyo objetivo predicado es regular la utilización, uso y disfrute de los parques, jardines, zonas verdes, arbolado y mobiliario urbano, así como la defensa de especies arbóreas y arbustivas del municipio. Nuestra ciudad se encuentra adherida además a la Carta de Protección del Árbol o Declaración del derecho al árbol en la ciudad, que tiene entre sus objetivos establecer políticas, reglamentaciones, normativas y prácticas en la Administración y Gobierno de la Ciudad que garanticen las condiciones óptimas para la vida del Árbol, o replantear todos los elementos que conforman actualmente el espacio urbano y pensar los futuros en su concepción, planificación, producción, gestión, uso y reutilización desde la óptica de los requerimientos y su potencialidades del Sistema de Arbolado Urbano.

   El sistema de gestión de Parques y Jardines municipal se encuentra externalizado, estando precisamente en este momento pendiente de adjudicación la última licitación del contrato, suspendida tras un irregular proceso de contratación público debido a las dudas sobre la capacidad de la oferta de la empresa con mejor puntuación para asumir todas las tareas que se contemplan en los pliegos de contratación municipales.

   II.- El ayuntamiento de Santander viene destacando a lo largo de muchos años por su política de desconsideración y devaluación de la importancia que el arbolado urbano tiene para la calidad de vida de los habitantes y el medio ambiente de la ciudad.

   El equipo de gobierno municipal concibe a los árboles como meros objetos decorativos, en lugar de seres vivos y elementos vitales, paisajísticos y climáticos de primer orden. Por ello sigue propagando la política de “macetismo urbano”, consistente en sustituir árboles de gran porte por arbolitos pequeños y flores, en lugar de centrarse en la expansión de campas de césped practicable y arbolado por todos los distritos de la ciudad, como sucede en el resto de las ciudades próximas de España y en toda Europa. A este respecto procede recordar que el cercano ayuntamiento de Torrelavega viene impulsando de manera notable la expansión y mantenimiento del arbolado urbano, a la vez que está elaborando un plan verde para todo el municipio.

   Muy al contrario, la política sistemática de eliminación de árboles grandes y la realización de podas mutilantes que alteran o impiden el desarrollo de los árboles como tal, son las prácticas más característicos de la POLÍTICA ARBORICIDA del Ayuntamiento de Santander.

   Retrocediendo tan solo dos años en el tiempo, podemos denunciar algunas de estas actuaciones arboricidas que han supuesto la eliminación de decenas de ejemplares de árboles sanos en nuestra ciudad o podas salvajes: en 2019 hemos visto estas actuaciones en el Paseo de Pereda, el Muelle y Castelar, el Paseo de Pérez Galdós, la calle Ramón y Cajal, Avenida de Reina Victoria, calles Hernán Cortés, Gándara y Peñacastillo; y en los pocos días que llevamos de 2020 la actuación en la Plaza de Italia, el Paseo de Pereda, el Muelle, calle Gándara, y General Dávila junto a escaleras del parque de la Teja.

   III.- La ciudad de Santander debe apostar por un modelo de parque urbano que responda a la filosofía de introducir la naturaleza en la ciudad para compensar las condiciones artificiales, las jornadas de trabajo en espacios interiores y la desconexión general de los elementos naturales que sufre la población urbana, y mejorar con ello su salud y calidad de vida, así como el medio ambiente de la ciudad, promoviendo y desarrollando un modelo de parque urbano naturalizado, con amplias y plenas posibilidades de uso al servicio de las diferentes edades y características de toda la población.

   Debemos superar el concepto de parque urbano como mero espacio libre ornamental decorativo, abierto a todo tipo de ocurrencias e improvisaciones constructivas, en la que los elementos artificiales prevalecen o desequilibran su entidad y función, privando a la población de beneficios que aporta el poder disfrutar de una red de espacios naturalizados diseminados por toda la ciudad. Los parques urbanos tienen importantes funciones para la ciudad:

    Desde el punto de vista ecológico, son zonas que crean un importante volumen de oxígeno en la ciudad a la vez que sirvan de sumidero de CO2. El arbolado permite retener polvo y otros contaminantes que son lavados con la lluvia y depositados en el suelo, contribuyen a la absorción hídrica y al mantenimiento y mejora del ciclo del agua, mejoran la biodiversidad en el medio urbano y crean una pantalla de aislamiento y amortiguación acústica del ruido del tráfico y otras actividades acústicamente impactantes.

   Desde un punto de vista climático, mantienen el funcionamiento del ciclo natural en medio de la ciudad y mitigan y suavizan los efectos del calentamiento generado por el uso y abuso de los pavimentos y materiales artificiales reflectantes propios de los espacios urbanos.

   Son promotores de salud, dado que una correcta distribución y diseño de los parques y espacios verdes posibilita y estimula la práctica de actividades diversas en un medio físico sano, que influye y repercute directamente en patologías respiratorias y cardiovasculares, e influye positivamente en todos los demás aspectos de la salud en general de toda la población.

   Desde el punto de vista paisajístico crean espacios de aspecto natural y campestre, propios del paisaje de nuestra comunidad y de la Cornisa Cantábrica, con diseños basados en la línea curva, al ser esta la predominante en la naturaleza mediante la ubicación de campas con manchas de arbolado, preferentemente autóctono, colocadas en agrupaciones asimétricas, aprovechando y optimizando las posibilidades físicas que ofrece el medio, en lugar de recurrir por sistema al aplanamiento y aterrazamiento previo de los espacios.

   Desde el punto de vista funcional, los parques urbanos deben ser lugares plenamente utilizables, con previsión de actividades estáticas y dinámicas, ofreciendo a la población la posibilidad de compensar las condiciones de vida derivadas de la permanencia excesiva en los espacios artificiales propios de la ciudad sin tener que recurrir a largos desplazamientos, ni limitar al uso ocasional de fin de semana.

   También tienen funciones educativas, al posibilitar a la población urbana la experiencia y el conocimiento del medio natural de la Cornisa Cantábrica, para favorecer el desarrollo de actitudes de valoración, respeto y conservación del mismo. Todo ello derivado del principio de pensar globalmente y actuar localmente.

   IV.- Para cambiar el paradigma denunciado sobre la gestión de Parques y Jardines municipal con relación al arbolado urbano es necesario poner fin a la práctica de las podas mutilantes y excesivas del arbolado urbano de Santander, abandonar la política de eliminación injustificada y aleatoria de los árboles de gran porte e iniciar la reposición de los árboles que se han eliminado, además de controlar los excesos y abusos cometidos en los espacios circundantes a los árboles por parte de algunos establecimientos de hostelería.

   Esta moción tiene como intención proponer la modificación de la ordenanza municipal de uso de parques y protección arbórea para dejar de considerar al arbolado como mero mobiliario urbano, y aplicar medidas de protección arbórea en la que se reconozca a los árboles su naturaleza de seres vivos que cumplen la señalada función de signo positivo vital y social. Dicha modificación habrá de tener en consideración, entre otras, las siguientes medidas: 

  • Establecer en cualquier proyecto de urbanización que incluya vías arboladas al arbolado como un elemento estructural y por tanto, condicionante, contemplando en su planificación aspectos como la movilidad, la edificabilidad, infraestructuras y servicios, diversidad de usos, la calidad ambiental o la adecuada gestión de los recursos, mediante una memoria escrita obligatoria relativa a describir arbolado existente y proyectado estableciendo claramente los criterios de diseño, y una parte gráfica con planos de arbolado en el que se señalen los existentes y los que puedan ser afectados por el proyecto.
  • Establecer la obligatoriedad de un documento técnico de protección del arbolado existente en las actuaciones señaladas en el párrafo anterior que especifique los ejemplares a proteger, transplantar o eliminar, con su correspondiente señalización y en su caso, condiciones de trasplante o de restitución del arbolado afectado; delimitación de las zonas de cerramiento de las áreas de vegetación y señalización de las vías de paso de maquinaria, definición de medidas de protección de los ejemplares, justificación de la necesidad de poda de ramas bajas, atado o señalización y especificación de la retirada y el acopio del suelo vegetal para su aprovechamiento posterior.
  • Detallar en mayor medida servidumbres del arbolado respecto al tránsito peatonal y de vehículos, así como garantizar en los proyectos nuevos una anchura mínima de tránsito peatonal y garantizar un volumen mínimo de tierra útil independientemente del tamaño del alcorque, para posibilitar el desarrollo del ejemplar arbóreo.
  • Mayor concreción y cuidado en la elección de especies que se desea plantar en relación con la situación, el uso y el emplazamiento urbano, evitando el empleo de especies afectadas por plagas o enfermedades crónicas, especies con elevadas necesidades hídricas, especies sensibles a las condiciones urbanas o a las condiciones viarias, especies con elevadas necesidades de mantenimiento, especies con fructificaciones molestas o con espinas en zonas accesibles, y especies con fragilidad de ramas o con baja tolerancia a la poda (baja capacidad de compartimentación). 
  • Elaborar un sistema de control de podas a través del cual tan sólo por motivos de seguridad o molestias graves estarán permitidas las podas que alteren la estructura del árbol, fijando como criterios que deben regir las operaciones de poda de arbolado los siguientes: respetar la estructura del árbol, respetar el ritmo del árbol (gradual), respetar la etapa de desarrollo y las características de la especie, respetar las reservas del árbol (dosis) y los sistemas de defensa del árbol. 
  • Se fijará la obligación de revisar anualmente y publicar el inventario arbóreo para su control periódico con el objetivo de mejorar la gestión, publicar anualmente las modificaciones del inventario incluyendo en el caso de la eliminación de árboles enfermos, la justificación de su estado, y las medidas de protección especial aplicables a las arboledas o árboles singulares del municipio.

 

   Por todo ello solicitamos al Pleno del Ayuntamiento de Santander, se ACUERDE: 

  •    Convocar urgentemente a la comisión de pleno competente para iniciar la modificación de la ordenanza de uso y protección de zonas verdes y arbolado urbano con los requisitos expresados, con participación de asociaciones y organizaciones conservacionistas y ecologistas que actúen en el ámbito autonómico, para que en plazo máximo de seis meses envíen una propuesta de modificación a la Junta de Gobierno Local. 
  • Instar al Gobierno de Cantabria a iniciar los trabajos legislativos para aprobar una ley de arbolado urbano.

 

* Moción APROBADA POR MAYORÍA, al votar a favor 11 Miembros del Grupo Popular, 7 Concejales del Grupo Socialista, 5 Concejales del Grupo Regionalista, 2 Concejales del Grupo Ciudadanos de Santander y el Concejal del Grupo Mixto (UxS).